La representación depende del procedimiento

Antes de preparar un poder se debe determinar la vía jurídica, la competencia y las actuaciones que corresponderán. La existencia de acuerdo entre los cónyuges puede cambiar la preparación necesaria.

El abogado debe explicar qué puede realizar el representante, qué firmas se requieren y si alguna actuación exige una formalidad personal adicional.

El poder debe cumplir formalidades

Un poder firmado fuera de República Dominicana debe prepararse para el país donde será otorgado y para el uso que tendrá dentro del expediente.

La notarización, intervención consular, apostilla, legalización o traducción dependen del lugar y del documento. Estas gestiones deben confirmarse antes de firmar.

  • País donde se firmará
  • Identificación correcta de las partes
  • Facultades necesarias para el expediente
  • Apostilla o legalización aplicable
  • Entrega del documento en el formato requerido

La sentencia puede necesitar gestiones adicionales

Finalizada la fase judicial, pueden corresponder pronunciamiento, registro y emisión de copias. Si el documento será usado en otro país, también puede requerir certificación, apostilla o traducción.

La coordinación a distancia debe contemplar el expediente completo y no solamente la audiencia o la firma inicial.

Fuentes de consulta

Estas fuentes permiten ampliar el marco normativo y registral. La aplicación concreta debe revisarse según cada expediente.

Ley núm. 1306-bis sobre DivorcioOrganización de los Estados AmericanosLey núm. 544-14 sobre Derecho Internacional PrivadoGaceta Oficial núm. 10787Información sobre el pronunciamientoJunta Central Electoral

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