La representación depende del procedimiento
Antes de preparar un poder se debe determinar la vía jurídica, la competencia y las actuaciones que corresponderán. La existencia de acuerdo entre los cónyuges puede cambiar la preparación necesaria.
El abogado debe explicar qué puede realizar el representante, qué firmas se requieren y si alguna actuación exige una formalidad personal adicional.
El poder debe cumplir formalidades
Un poder firmado fuera de República Dominicana debe prepararse para el país donde será otorgado y para el uso que tendrá dentro del expediente.
La notarización, intervención consular, apostilla, legalización o traducción dependen del lugar y del documento. Estas gestiones deben confirmarse antes de firmar.
- País donde se firmará
- Identificación correcta de las partes
- Facultades necesarias para el expediente
- Apostilla o legalización aplicable
- Entrega del documento en el formato requerido
La sentencia puede necesitar gestiones adicionales
Finalizada la fase judicial, pueden corresponder pronunciamiento, registro y emisión de copias. Si el documento será usado en otro país, también puede requerir certificación, apostilla o traducción.
La coordinación a distancia debe contemplar el expediente completo y no solamente la audiencia o la firma inicial.
Fuentes de consulta
Estas fuentes permiten ampliar el marco normativo y registral. La aplicación concreta debe revisarse según cada expediente.
Ley núm. 1306-bis sobre DivorcioOrganización de los Estados AmericanosLey núm. 544-14 sobre Derecho Internacional PrivadoGaceta Oficial núm. 10787Información sobre el pronunciamientoJunta Central Electoral